null Supuestos que no cubre el seguro del coche

Somos previsores, hemos contratado un buen seguro con nuestra compañía de confianza y somos conductores responsables. Pero aún así, estamos todos expuestos a riesgos extraordinarios a los que el seguro no puede hacer frente.

Coberturas a cargo del Consorcio de Compensación de Seguros

Antes de alarmarnos, debemos saber que muchos de ellos serán cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros, el organismo público al servicio del sector asegurador y completamente integrado en él. El Consorcio se ocupa de indemnizar supuestos como:

  • Accidentes ocasionados por actuaciones de las Fuerzas Armadas en época de paz, es decir, causadas por maniobras, ejercicios prácticos o similares.
  • Actos violentos terroristas.
  • Fenómenos de la naturaleza. Los más habituales en España es el de las inundaciones, los incendios y los embates del mar contra las zonas costeras. También hablamos de terremotos, maremotos, ciclones y hasta caída de cuerpos siderales. Pero estos últimos requieren una certificación previa del Instituto Geográfico Nacional y otros organismos especializados.
  • Los motines, rebeliones, tumultos populares también serán cubiertos por este organismo.

Supuestos que tu seguro no podrá cubrir

Se trata de situaciones que en realidad nos protegen a todos, ya que en gran parte contribuyen a la lucha contra el fraude y en otros nos previenen contra errores humanos que debemos conseguir evitar y erradicar.

  • Daños sufridos cuando circulamos sin tener al día la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) y causamos un accidente. Nos exponemos además a una fuerte sanción.
  • Lo habitual es que no se nos preste asistencia en carretera si circulamos por vías no aptas para la circulación de todo tipo de vehículos.
  • Para que el seguro cubra daños en piezas extra (no de serie) ha de constar específicamente el registro y valor de cada una de estas piezas al formalizar la póliza. Pero para lo que no recibiremos indemnización ninguna será para piezas de vehículos tuneados. Sólo se cubrirá los elementos homologados y previamente comunicados a la compañía.
  • Llevar en nuestro vehículo más pasajeros que los permitidos en el habitáculo no sólo es ilegal, sino también una gran irregularidad que inmediatamente anula la obligatoriedad de la aseguradora de indemnizar los daños a terceros. Tendremos también problemas si portamos más carga que la permitida para ese modelo.
  • Hay casos de gran gravedad y alarma social que debemos evitar y denunciar: consumo de drogas y alcohol que no cubren daños a terceros, participación en carreras o apuestas ilegales, y, algo no poco habitual lamentablemente, la omisión de socorro a otras víctimas del accidente por parte del asegurado.
  • Y hay una serie de supuestos sobre las que más nos vale estar sobre aviso: ¡los despistes! Si nos dejamos las llaves puestas en la puerta o en el contacto lo que podría haber sido un delito de robo se convierte en el delito de hurto, por parte del delincuente, y no será cubierto por el seguro. Hay que tener en cuenta además, que en ningún caso seremos indemnizados por un objeto sustraído del interior del vehículo si estos elementos no han sido previamente declarados en la póliza como accesorios extra incorporados al bien.
  • En ocasiones, los daños sufridos en auto-accidentes o accidentes contra familiares no serán cubiertos ya que podrían ser valorados como intento de fraude.

Una vez informados podemos ser mejores conductores, aún más previsores y, dependiendo de la situación personal habitual en la que nos encontremos, podemos elegir bien el seguro que más os convenga, o revisar al detalle nuestra póliza para sentirnos, como siempre, seguros.

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