El plan de pensiones es el instrumento estrella de ahorro para la jubilación. Su característica diferencial, la falta de liquidez, es considerada como una ventaja y una desventaja al mismo tiempo. Esto significa que recuperar el dinero antes de la jubilación puede llegar a ser complicado, pero no imposible en determinadas circunstancias. Una de las grandes dudas es si se puede recuperar en caso de que el partícipe se encuentre en paro. Cumpliendo unos requisitos y una documentación, veremos cómo tiene derecho a rescatar su dinero antes de tiempo.
Tal y como explicábamos anteriormente la característica principal y diferencial del plan de pensiones frente a otros productos de ahorro como el PPA es su falta de liquidez. Por ello se convierte en el producto estrella para la jubilación: el dinero no se recupera antes de este momento. Esta forma de “blindar” la hucha para nuestro retiro solo se podrá ver quebrada en determinadas circunstancias: enfermedad grave, invalidez, dependencia, fallecimiento del partícipe, desahucio de la vivienda habitual y rescatar las aportaciones con 10 años de antigüedad.
Para la ocasión, queremos analizar y desgranar una de las circunstancias en las que sí podremos rescatar el dinero y la rentabilidad obtenida del plan de pensiones: si el partícipe se encuentra en situación de desempleo de larga duración. Esta circunstancia está recogida en el Real Decreto 304/2004 de 20 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de planes y fondos de pensiones. En el mismo, su artículo 9 ‘Supuestos excepcionales de liquidez’, primer punto dice:
“Excepcionalmente, los derechos consolidados en los planes de pensiones podrán hacerse efectivos en su totalidad o en parte en los supuestos de enfermedad grave o desempleo de larga duración de acuerdo con lo previsto en este artículo, siempre que lo contemplen expresamente las especificaciones del plan de pensiones y con las condiciones y limitaciones que éstas establezcan”.
De hecho, si te encuentras en esta situación debes saber que no eres el único. Según las cifras de la Dirección General de Seguros y Pensiones y de Inverco, los partícipes de planes de pensiones rescataron 3.679 millones de euros por situaciones de paro prolongado desde que la normativa incluyó esta posibilidad en 2009. No obstante, desde la crisis financiera y económica la cifra ha ido disminuyendo año tras año. Así pues, en 2019 los reembolsos por esta contingencia se redujeron un 11% hasta 220 millones, aunque la cifra continúa siendo muy superior a la mínima registrada en 2008 (67,3 millones de euros).
¿Cuáles son los requisitos para rescatar un plan de pensiones por desempleo?
El mismo Real Decreto que hemos visto anteriormente es el encargado de indicar qué requisitos debe cumplir el partícipe del plan de pensiones para poder rescatar su dinero aportado. Las condiciones son las siguientes:
- Hallarse en situación legal de desempleo. Este requisito contempla todos los supuestos en base a la involuntariedad de la situación de desempleo.
- No tener derecho o haber agotado las prestaciones por desempleo en su nivel contributivo (se excluyen aquellos que perciban el subsidio por desempleo de ayuda de 420€).
- Estar inscrito como demandante de empleo en el servicio público de empleo (SEPE) correspondiente.
¿Qué ocurre si soy autónomo y quiero rescatar mi plan de pensiones?
La legislación también contempla la situación de los trabajadores por cuenta propia, si bien es cierto que es más complicado justificar que no sigues trabajando.
En este caso, los autónomos que hayan cesado en su actividad también deberán cumplir los dos requisitos explicados anteriormente: no tener derecho o haber agotado las prestaciones por desempleo y estar inscritos como demandantes de empleo en el SEPE.
¿Y si soy un trabajador afectado por un ERE?
Otra de las preguntas más cuestionadas al respecto es qué sucede si como partícipe de un plan de pensiones te encuentras en una situación de desempleo, pero, en este caso, producida involuntariamente a través de un Expediente de Regulación de Empleo o ERE. Pues bien, debes saber que no importa el ERE o motivo por el que seas desempleado; por lo que también podrás acceder al rescate del plan de pensiones siguiendo los mismos pasos que en los otros supuestos.
Documentación que presentar para solicitar el rescate por desempleo
Lo primero que deberás hacer si te encuentras en la necesidad de rescatar tu plan de pensiones por una situación de desempleo de larga duración es la de informar a tu entidad gestora, quien te facilitará una solicitud de rescate. A la par, también deberás hacerte con el certificado del Servicio Público de Empleo. Ten en cuenta que toda la documentación relacionada con el SEPE no es inmediata, sino que será remitida por correo postal y lo recibirás en un periodo de 3-4 días laborales.
En resumen, esta es toda la documentación con la que tendrás que hacerte:
- La entidad gestora del plan de pensiones facilitará una solicitud de rescate que cumplimentaremos con, entre otras cuestiones, qué forma de rescate queremos.
- Documentación que identifique al partícipe del plan de pensiones: DNI, NIE o pasaporte.
- Modelo 145 de la Agencia Tributaria sobre “Comunicación de Datos al Pagador”
- Documento que acredite que el partícipe se encuentra en una situación legal de desempleo, por ejemplo, carta de despido o resolución positiva de un ERE.
- Documentación del SEPE en el que se acredite que el partícipe se encuentra inscrito como demandante de empleo en el mismo momento de solicitar el rescate.
- Certificado del SEPE en el que se acredite que el partícipe no tiene derecho a cobrar la prestación contributiva de desempleo.
Formas de rescatar un plan de pensiones
En la solicitud de rescate que te facilite la entidad gestora deberás optar por una de las formas de rescate de tu plan de pensiones. ¿Cuáles tienes a tu disposición?
- En forma de capital. De esta manera recibirás en tu cuenta todo el dinero invertido en el plan de pensiones, más los intereses acumulados. Es decir, el rescate será en un único pago.
- En forma de renta. Optarás así por recibir una cantidad de dinero estipulada de manera periódica (mensual, trimestral, semestral o anual).
- En forma mixta. Se trata de una mezcla de las dos anteriores.
- Cobro flexible. A través de esta forma acuerdas una fecha y la cuantía de unos cobros, pero no tiene una periodicidad determinada.
María
17-ago-2021
Me di de baja voluntaria en mi trabajo y no cobro ninguna prestación. Puedo rescatar parte del plan de pensiones?
Grupo PSN
19-ago-2021
Estimada María, Muchas gracias por su comentario. Respecto a su pregunta, existen varios requisitos para poder rescatar un plan de pensiones por desempleo. Explica en su comentario que se ha dado de baja voluntaria en su trabajo. Como puede revisar en el post, debe hallarse en situación legal de desempleo, pero esta condición contempla todos los supuestos en base a la involuntariedad de la situación de desempleo. También menciona que no cobra ninguna prestación. En este caso, también cumple el requisito. Es necesario que tenga en cuenta que existen otras condiciones necesarias para poder rescatar un plan de pensiones, como por ejemplo, estar inscrito como demandante de empleo en el servicio público de empleo (SEPE).
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