null Renta 2019: ¿Qué ocurre si no puedo pagarle a Hacienda?

Puede que no hayamos previsto bien nuestras cuentas, la declaración de la renta nos salga a pagar y nos encontremos con que no podemos permitírnoslo en ese momento. Aunque Hacienda se encarga de retener parte de nuestro salario de forma preventiva precisamente para evitar que esto suceda, no es infrecuente que pase. Sin embargo, tenemos dos alternativas para aliviar nuestra situación, aunque son mutuamente excluyentes y tenemos que pensar con calma cuál elegir.

La primera posibilidad es fraccionar el pago del IRPF y el procedimiento es sencillo. Cuando la declaración supone un desembolso, la forma de pago por defecto será fraccionándolo en dos plazos y pudiendo domiciliar uno de ellos, los dos o ninguno. De esta manera, el pago quedará dividido en dos partes, teniendo que abonar la primera (un 60 por ciento del total a pagar) en junio y el 40 por ciento restante del segundo plazo en noviembre, en términos generales, aunque la fecha va a depender de si domiciliamos o no uno o los dos plazos. A la hora de fraccionar el pago del IRPF, tenemos 2 opciones aplicables, ya sea para el primer plazo o para el segundo: podemos establecer como método de pago la domiciliación del importe a ingresar, indicando el IBAN de la cuenta bancaria, o bien podemos seleccionar la opción a ingresar, eligiendo entre un documento para ingresar en el banco o caja, o un adeudo en cuenta con NRC.

Aplazar el pago es otra opción, aunque resulta algo más complicada. Consiste en que seamos nosotros quienes le propongamos a Hacienda un aplazamiento del pago del resultado a ingresar, pero puede que el fisco nos cobre intereses por hacerlo. Para tramitarlo, se debe seleccionar “otras modalidades de pago” a la hora de elegir el método de pago del resultado de la declaración, y acceder a “reconocimiento de deuda con solicitud de aplazamiento”. El recargo o interés de demora dependerá del precio al que fluctúe el dinero en ese momento, rondando habitualmente el 5 por ciento.

La propuesta de aplazamiento deberá detallar las razones por las que solicitamos el aplazamiento. Si fuera rechazada, la propia carta que nos envían especificará la fecha en que habremos de abonar.

De cualquier modo, lo que nunca debemos hacer es no presentar la declaración por miedo a no poder hacer frente al pago. Hacer la declaración es una obligación (salvo que no lleguemos al mínimo) y Hacienda nos puede imponer fuertes sanciones por no hacerlo.

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