null Pensionistas y pagas extra: preguntas y respuestas

A medida que se acerca la segunda paga extra anual que reciben los pensionistas, muchos de los recién jubilados y demás pensionistas pueden tener dudas acerca de la cuantía, fechas de cobro de la paga extra, o su tratamiento fiscal, entre otras preguntas. Además, dada la situación económica actual, el cobro de estas prestaciones es un tema que puede llegar a preocupar a los pensionistas españoles, por lo que en esta entrada trataremos de dar respuesta a algunas de las preguntas más frecuentes sobre la paga extra.

Tal y como era de esperar, la crisis sanitaria está teniendo consecuencias en el sistema público de pensiones, ya que el déficit de la Seguridad Social se encuentra en aumento como consecuencia de las medidas económicas aplicadas para paliar los efectos de la crisis sanitaria, así como la caída de la recaudación por cotizaciones. A expensas de conocer las características de la futura reforma del sistema de pensiones, los pensionistas deben saber que el cobro de dichas pagas extras está garantizado.

  1. ¿Todos los pensionistas cobran paga extra?

Como respuesta general, debemos afirmar que sí, todos los pensionistas perciben dos pagas extra anuales, pero no todos lo hacen de la misma manera. Es decir, que todas las pensiones pertenecientes al sistema de la Seguridad Social se abonan en 14 pagas, una por cada mes del año y dos pagas extraordinarias correspondientes a los meses de junio y noviembre. Según explica la Seguridad Social, en caso de que las pensiones deriven de accidente de trabajo y enfermedad profesional, las prestaciones se realizan a través de 12 pagas, puesto que las pagas extraordinarias se encuentran prorrateadas en las mensualidades ordinarias.

  1. ¿Cuándo se cobra la paga extra?

Tal y como hemos indicado en el punto anterior, los meses de junio y noviembre son las fechas establecidas para las prestaciones extraordinarias, conocidas como “paga extra de verano” y “paga extraordinaria de Navidad”.

  1. ¿Cuánto cobran los pensionistas por la paga extra?

Debes saber que el importe a percibir como forma de paga extra es idéntico al de una mensualidad ordinaria, y no superior a la pensión normal.

Si quieres calcular la cuantía de tu pensión de jubilación, a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social puedes simular la edad de jubilación y cuantía aproximada, siempre y cuando aportes toda la información que la aplicación solicita. Recuerda que la cuantía de la pensión de jubilación dependerá del número de años cotizados a la Seguridad Social, las bases por las que se haya cotizado en los últimos años, y el año en el que se accede a la jubilación, como explicamos en este post sobre las condiciones de jubilación en 2020.

  1. Y si me jubilo a mitad de año, ¿tengo derecho a ambas pagas extra?

Un aspecto importante a tener en cuenta por parte de las personas que se acaban de jubilar o lo van a hacer en los próximos meses, es que el momento de jubilación influye directamente en el cobro de las pagas extra de ese mismo año. Dado que se tiene en cuenta la fecha de entrada de los efectos económicos de la pensión ordinaria, cada paga es calculada en relación con el semestre que le corresponde. Es decir, dependiendo del primer día que se empieza a cobrar la pensión, se abona como paga extra una sexta parte por cada uno de los meses que medie entre ese primer día y el 31 de mayo o el 30 de noviembre, según corresponda.

Por ejemplo, si tu pensión de jubilación se sitúa en 1.000 euros mensuales, imaginando este cobro como la suma de seis partes, correspondería a 166,66 euros cada parte. En el primer año de jubilación, dependiendo de cuándo se haga efectivo el primer cobro, solo cobrarías como pensión extra las partes correspondientes a los meses que lleves jubilado. En este caso, si te jubilas y empiezas a cobrar la pensión en el mes de febrero, únicamente debes restar la parte correspondiente al mes de enero para calcular la paga extra de verano. De este modo, la paga extra de verano se situaría en 833,34 euros (1.000 euros menos la sexta parte correspondiente al mes de enero), y la de Navidad sería de 1.000 euros. Al año siguiente se pasaría a cobrar ambas pagas extra de manera íntegra.

En caso de tener más preguntas acerca de la jubilación, en este blog puedes encontrar una gran variedad de posts sobre el retiro laboral, entre los que pueden interesarte “Cómo solicitar la jubilación por internet”, “15 años cotizados: ¿puedo jubilarme?”, o “7 preguntas frecuentes sobre la jubilación”,

Debes recordar, además, que se trata de un contenido meramente informativo, y desde este blog no podemos dar respuesta a casos específicos, por lo que, en caso de duda, recomendamos contactar directamente con la Seguridad Social a través de este enlace.

Escribe un comentario

Tu comentario será revisado por nuestros editores antes de ser publicado. Tu email nunca será publicado.

Este campo es obligatorio.