null Renta 2020: ¿Cuáles son las Novedades de la Declaración de la Renta?

El próximo mes empezará la Campaña de la Declaración de la Renta 2020 y trae consigo algunas novedades que conviene tener en cuenta. El 2020 ha estado influenciado fuertemente por la irrupción de la covid-19 e inevitablemente afecta también a nuestras obligaciones con la Agencia Tributaria en una campaña marcada por los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) aplicados por muchas empresas.  
¿Tengo obligación de presentar la Declaración de la Renta? Si estoy en un ERTE, ¿cómo me va a afectar? A continuación, damos respuesta a estas cuestiones: 

  • Calendario de la Renta 2020: La Campaña de la Declaración de la Renta comienza, de forma telemática, el 7 de abril y finalizará el 30 de junio. Eso sí; si solicitas el pago mediante domiciliación bancaria, el plazo de presentación se reduce al 25 de junio. Además, las presentaciones telefónicas tendrán que esperar al 6 de mayo y las presenciales al 2 de junio.
  • Obligación de presentar la Declaración de la Renta: Este año, no tendrás la obligación de presentar la Declaración si tus rendimientos brutos del trabajo son inferiores a 14.000 euros en vez de 12.000 euros con un único pagador. 
  • Declaraciones de la Renta con ERTE: La presentación de los ERTE por parte de las empresas ha supuesto la introducción de un pagador más en la Declaración de la Renta de muchos contribuyentes. De todas formas, independientemente de si estás en un ERTE o no, solo tendrán la obligación de presentar la Declaración de la Renta aquellas personas que superen las cantidades mínimos. Hasta ahora, aquellas personas cuyos rendimientos del trabajo sumasen una cantidad igual o inferior a 14.000 euros con un único pagador estaban exentas de presentarla. Este año, la Agencia Tributaria, ha determinado que aquellas declaraciones con dos pagadores quedarán exentas en caso de no superar los 22.000 euros por rendimientos del trabajo, siempre que el importe del segundo pagador no supere los 1500 euros. 
  • Rentas exentas del pago de IRPF: El Ingreso Mínimo Vital, Las ayudas básicas para alimentación o educación de los ayuntamientos y aquellas rentas mínimas de inserción de las comunidades autónomas están exentas de IRPF, es decir, no tendrán la obligación de pagar impuestos por estos ingresos hasta un tope de 11.279,39 euros anuales (en conjunto de 1,5 veces el IPREM). 

Últimos comentarios

Zanita Sánchez

05-abr-2021

Desearía saber cómo consultar y/o recibir la información fiscal referida a los productos y prestaciones percibidos del año 2020 Gracias


Grupo PSN

12-abr-2021

Buenos días, gracias por su consulta. Los mutualistas de PSN recibirán su información fiscal próximamente, con carácter general a través del correo electrónico. Un saludo.


María

24-abr-2021

Buenos días, tengo una duda sobre donaciones: si mi hermano me dona su parte de un piso que vamos a heredar de padre para que yo me quede con el piso, Si no obtiene ningún beneficio porque por ej. si son 25.000 me dona 25.000, él tiene que tributar y reflejar eso en la declaración?? o por el contrario al no obtener ningún beneficio no haría falta que apareciera en la declaración. Muchas gracias. Un saludo, María


Grupo PSN

11-may-2021

Buenos días, María. Te recomendamos que revises el siguiente post: https://enconfianza.psn.es/-/como-tributan-donaciones-declaracion-renta. Un saludo.


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ZS
Zanita Sánchez Hace 3 años - Editado
Desearía saber cómo consultar y/o recibir la información fiscal referida a los productos y prestaciones percibidos del año 2020 Gracias
GP
Grupo PSN hace 3 años en respuesta a Zanita Sánchez . - Editado
Buenos días, gracias por su consulta. Los mutualistas de PSN recibirán su información fiscal próximamente, con carácter general a través del correo electrónico. Un saludo.
M-
María - Hace 3 años - Editado
Buenos días, tengo una duda sobre donaciones: si mi hermano me dona su parte de un piso que vamos a heredar de padre para que yo me quede con el piso, Si no obtiene ningún beneficio porque por ej. si son 25.000 me dona 25.000, él tiene que tributar y reflejar eso en la declaración?? o por el contrario al no obtener ningún beneficio no haría falta que apareciera en la declaración. Muchas gracias. Un saludo, María
GP
Grupo PSN hace 3 años en respuesta a María - . - Editado
Buenos días, María. Te recomendamos que revises el siguiente post: https://enconfianza.psn.es/-/como-tributan-donaciones-declaracion-renta. Un saludo.