El pasado 24 de octubre quedó aprobada la reforma en la Ley de Autónomos. Su implantación se llevo a cabo desde finales de 2017 hasta principios de año. Las modificaciones se han hecho con el fin de poner a la misma altura la legislación española que el resto de sistemas europeos, y desarrollar nuevas medidas para impulsar el emprendimiento.
Las principales modificaciones son:
- Reducción a la mitad el porcentaje de recargo por los pagos fuera de plazo a la Seguridad Social (de un 20% a un 10%), disminuyendo así la cantidad a pagar por los autónomos que realizan el ingreso en el mes natural siguiente al vencimiento del periodo establecido.
- Ampliación de la tarifa plana de 50 euros de 6 a 12 meses para los nuevos emprendedores, manteniendo la rebaja del 50% sobre la contribución mínima de cotización durante los seis meses posteriores al año. Esto significa que el ciclo en el que los emprendedores se aprovecharán de pagar una cantidad inferior será alargado hasta dos años.
- Mayor compatibilidad entre el trabajo autónomo y la pensión de jubilación, pudiendo recibir el 100% de la cuantía acreditando la contratación de al menos un trabajador.
- Bonificación para favorecer la conciliación de la vida familiar del autónomo (100% durante 12 meses), aumentando de 7 a 12 años la edad de los menores a su cargo.
- Bonificación de 50 euros mensuales durante los primeros 12 meses para las mujeres que se reincorporen al trabajo hasta dos años después del periodo de maternidad.
- Bonificación del 100% de la contribución a la Seguridad Social para autónomos durante el periodo de maternidad, paternidad, adopción…por lo que los trabajadores no tendrán que pagar la cuota para poder cobrar el dinero de la baja.
- Bonificación por la deducción de suministros, permitiendo a los autónomos que trabajan desde su casa deducirse hasta un 30% de recibos como los del agua, gas, electricidad, telefonía, internet…
- Los autónomos contarán con hasta tres altas y tres bajas al año en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, pagando así solamente por el tiempo trabajado.
- El autónomo podrá cotizar desde que se da de alta, pagando únicamente por los días cotizados en vez de hacerlo por el mes entero.
- Bonificación durante 5 años para víctimas de violencia de género o terrorista, y personas discapacitadas, disfrutando de una reducción del 80% de la cuota en el primer año, y el 50% en los meses posteriores.
Para conocer la reforma completa, puedes echar un vistazo a la norma en el BOE.
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