La jubilación sigue siendo un tema complicado y, en ocasiones como la presente, puede ser desconocido o suscitar dudas. Tal vez haya autónomos que no sepan responder a la pregunta de cuándo se pueden jubilar, cuánto cobrarán, cómo funciona y cuáles son los requisitos de la jubilación.
Saber tanto la edad de jubilarse si eres autónomo, como la posibilidad de pedir una jubilación anticipada en caso de cumplir con los requisitos, y conocer previamente cuánto vas a cobrar nos evitarán “sorpresas” de última hora que afecten a nuestra planificación financiera.
Cómo funciona el sistema de jubilación
En términos generales, la jubilación del autónomo cuenta con los mismos requisitos que en el Régimen General de la Seguridad Social. Tras diversas reformas, la jubilación se ha homogeneizado en el acceso tanto desde el Régimen General como desde el Régimen Especial para los Trabajadores Autónomos (RETA).
Para entender el funcionamiento hay que tener en cuenta dos factores clave: los años cotizados y la base de cotización. Dependiendo de la edad a la que te jubiles y el periodo cotizado, la cuantía variará.
Se retrasa la edad de jubilación de los 65 a los 67 años
Según la última reforma, desde 2013 hasta 2027 la edad de jubilación irá aumentando un mes cada año hasta 2018. Posteriormente, aumentará dos meses. Así, en 2027 la edad de jubilación se establecerá en los 67 años.
“Carrera laboral completa”
Ahora la Seguridad Social incorpora el concepto de “carrera laboral completa”. Esta se cierra al cotizar 38 años y 6 meses, periodo que se computará a partir de 2027, ya que, al igual que la edad de jubilación, va aumentando con carácter anual de forma progresiva. Es decir, si una persona cotiza durante este periodo de tiempo, la Seguridad Social da por finalizada la carrera laboral del trabajador, sin importar si la persona llega o no a los 67 años para jubilarse. Así pues, aquellos que alcancen la carrera laboral completa podrán seguir jubilándose a los 65 años sin problema alguno.
Jubilación anticipada del autónomo
Al igual que el resto de trabajadores, los autónomos también tienen la posibilidad de disfrutar de su retiro de forma anticipada y voluntaria. Para obtenerla de esta forma, con carácter general, tendrán que cumplir dos requisitos:
- En cuanto a la edad del trabajador: tener, como mínimo, dos años menos que la edad estipulada para la jubilación ordinaria en cada momento. Al igual la edad de jubilación está aumentando progresivamente hasta los 67 años, la de jubilación anticipada también aumentará hasta los 65 años en 2027.
- En cuanto al periodo de cotización: tener, como mínimo, 35 años cotizados. Este punto representa una diferencia respecto al periodo de cotización mínimo en caso del trabajador por cuenta ajena, quien se podrá jubilar cuatro años antes de la edad legal siempre que haya cotizado, mínimo, 33 años.
Existen dos casos de jubilación anticipada que no se encuentra protegida por la Seguridad Social: sin tener la condición de mutualista y la derivada del cese no voluntario en el trabajo. Sin embargo, en determinados casos especiales, una persona podrá jubilarse a una edad inferior de la ordinaria si, durante su trayectoria laboral, ha cotizado en alguno de los Regímenes de la Seguridad Social que reconocen el derecho a la jubilación anticipada.
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