Cuando el contribuyente recibe en su domicilio por petición expresa el borrador de la renta –o accede a él entrando en la web de la agencia tributaria - y tras efectuar la necesaria comprobación de los datos con los que cuenta la Agencia para la Declaración de la Renta 2015, puede suceder:
1. Que los datos sean correctos.
2. Que los datos sean incorrectos, bien porque estén mal consignados o porque se hayan modificado en el último año fiscal.
En el primer caso se optará por confirmar el borrador, ya sea a devolver o a ingresar. En el segundo caso, habrá que subsanar los errores y luego confirmar el borrador con los datos corregidos y enviarlo a la Agencia (AEAT).
Una vez subsanados los errores, el proceso es el siguiente:
Cómo confirmar el borrador "a devolver"
- Accediendo a la sección “Renta 2015” de la página referida y al botón “Tramitación Borrador / Declaración” tanto con el NIF y el número facilitado por la Agencia como con la cl@ve PIN, o bien con certificado o DNI electrónico.
- Vía telefónica (901 200 345), de lunes a viernes de 9 a 21 horas, solo en los casos de que el contribuyente, por el origen de sus rentas, reúna los requisitos de ser atendido por este medio.
- En los cajeros automáticos o servicios de banca electrónica que el banco tenga a disposición de los clientes.
- En el mismo banco donde el contribuyente tenga la cuenta registrada en su devolución.
- En las diversas oficinas que la AEAT tiene habilitadas en todo el Estado.
Cómo confirmar el borrador "a ingresar"
Con domiciliación bancaria del pago, vía telemática (por los mismos medios reseñados anteriormente), en las oficinas de la AEAT o llamando al 901200345. Sin domiciliación, vía telemática o cajero automático, con el número de referencia del borrador o bien con los datos fiscales.
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