Dedicar una parte de nuestros ahorros a la jubilación es una necesidad creciente en estos días. A pesar de que cada vez son más las voces que abogan porque planifiquemos nuestro futuro cuanto antes, los españoles aún estamos lejos de la concienciación de otros vecinos europeos y suspendemos en planificación y cultura financiera.
Si hablamos de ahorro de cara a la jubilación, el primer instrumento que nos viene a la mente son los planes de pensiones. Este es el vehículo al que tradicionalmente más se ha recurrido para garantizar un complemento de futuro a nuestra más que probable insuficiente pensión pública. Pero existen otras herramientas menos conocidas que pueden convertirse en alternativa o complemento, según el caso, al fin último de los planes de pensiones: los planes individuales de ahorro sistemático (PIAS).
Un PIAS es un seguro individual de Vida en el que la misma persona es tomadora, asegurada y beneficiaria de la renta. La aportación máxima, establecida por ley, no podrá superar los 8.000 euros anuales y el total de las primas aportadas no podrá rebasar los 240.000 euros. Su contratación es compatible con cualquier otro instrumento de previsión social. ¿Dónde residen sus principales ventajas?: en su rentabilidad, en sus beneficios fiscales y en su sencilla liquidez.
Su rentabilidad depende de la compañía y de la evolución de los mercados financieros, entre otros factores. Los hay conservadores, con una rentabilidad fija garantizada, y otros vinculados a fondos de inversión, en los que es posible obtener mayores tipos de interés, aunque también obligan a asumir mayores riesgos.
Sus beneficios fiscales vienen marcados por la no tributación de los rendimientos que genera, siempre y cuando hayan pasado cinco años desde la primera aportación y se constituya entonces una renta vitalicia, es decir, para cobrar periódicamente durante toda la vida. Cuando se comience a percibir la renta vitalicia el rendimiento financiero obtenido desde su contratación quedará exento de tributar. Esto es, los intereses generados por las aportaciones estarán exentos de impuestos y solo tributará el porcentaje de la renta vitalicia que corresponda, también con atractivas ventajas fiscales, ya que, en función de la edad, un porcentaje importante estará exento fiscalmente.
En cuanto a su liquidez, es fácil de explicar. Los beneficios fiscales mencionados están vinculados a que el ahorro se mantenga en el plazo citado y se perciba en forma de renta vitalicia. En caso de necesitar recuperar la inversión, se puede disponer del dinero total o parcialmente, pero este perderá todas las ventajas fiscales y se le gravará a los tipos vigentes de tributación del ahorro.
El objetivo de los PIAS es fomentar un ahorro sistemático que en el futuro complemente la pensión pública de jubilación, pero eso no significa que se trate de un seguro de jubilación. Los PIAS pueden contratarse a cualquier edad y son una herramienta perfecta con la que complementar otras opciones como planes de pensiones o PPA, porque aportan los beneficios fiscales que se vienen reclamando también para estos instrumentos desde hace años.
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