null No he cotizado nunca ¿puedo abrir un plan de pensiones?

No he cotizado nunca ¿puedo abrir un plan de pensiones?

Enero ha sido un mes complicado en cuanto a las preocupaciones de los ciudadanos por sus futuras pensiones, y ya ha habido voces que se han levantado en contra de la falta de transparencia a lo hora de saber lo que corresponderá a cada uno de pensión de jubilación.

Nosotros hemos estado al tanto de la actualidad y también reivindicamos la necesidad de poner a disposición de los ciudadanos herramientas transparentes para calcular la prestación aproximada a percibir en el momento de la jubilación. Por supuesto, no solo esta duda asalta a la ciudadanía en materia de pensiones. Por lo tanto, en este post vamos a intentar solucionar dos preguntas relacionadas con pensiones, tanto públicas como privadas, y el derecho u opción a percibirlas en función del tiempo cotizado.

 

¿Podría abrir un plan de pensiones si no he cotizado nunca?

En primer lugar, hay que entender la diferencia básica entre las pensiones contributivas o no contributivas, de tipo público (aportadas por el Estado) y un plan de pensiones que, siempre, será una iniciativa privada. Es decir, una pensión pública la recibiremos en función de lo cotizado u otros parámetros (invalidez, incapacidad, viudedad…), mientras que un plan de pensiones es un producto financiero que tendremos que contratar a través de un tercero.

Por lo tanto, si alguna vez te has asomado a la ventana de Google para preguntar si puedes abrir un plan de pensiones si no has cotizado nunca, la respuesta es un sonoro sí. Los planes de pensiones funcionan con aportaciones que el partícipe puede hacer voluntariamente a lo largo del año y, en función de lo aportado a través de los años desde que contrataste el plan de pensiones, así será la pensión privada que recibas en el futuro.

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¿Tendría derecho a pensión de jubilación si nunca he cotizado?

Otra cuestión diferente es esta pregunta. Si nunca has cotizado, es decir, si para el Estado nunca has trabajado, no tendrás derecho a una pensión de jubilación contributiva. Sin embargo, existe otra modalidad que se ajusta a las personas que, cumplida la edad de jubilación, no alcanzan el mínimo periodo cotizado de 15 años. Este caso es el de las pensiones no contributivas, que pueden ser de invalidez o jubilación y que están destinadas a todos los ciudadanos españoles y nacionales de otros países que tengan una residencia legal en España.

Para optar a estas pensiones no contributivas hay una serie de requisitos que son los siguientes:

  • Edad: tener cumplidos 65 años (o más) para solicitarla.
  • Residencia: como señalamos arriba, está reservado a ciudadanos españoles o nacionales de otros países con residencia legal en España.
  • Carecer de ingresos suficientes. En 2018, si los ingresos anuales son inferiores a 5.178,50 euros serán considerados insuficientes y podrá optar a la pensión por jubilación no contributiva.
  • Percibir otras ayudas: Existen otras pensiones o ayudas que son incompatibles con esta pensión

Recuerda que los requisitos arriba citados son para pensiones de jubilación no contributivas, pero existe otro tipo, las de invalidez, no representadas por los criterios aquí marcados.

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