null Novedades en la Declaración de la Renta 2017

La Campaña de la Renta está a la vuelta de la esquina. De una manera rápida e indicativa, queremos presentar algunas novedades que veremos que se aplican ya en este ejercicio.

Para conocer con exactitud todas las nuevas implicaciones recomendamos la lectura y descarga del Manual Práctico de la Renta 2017 que edita la Agencia Tributaria para ayuda e información del contribuyente.

En cuanto a las novedades más destacadas, se dan modificaciones notorias en cuestiones del procedimiento de presentación, información y cobro o pago. Destacamos a continuación:

  • Calendario actualizado. La primera novedad es el plazo de presentación, que va desde el desde el 4 de abril hasta el día 2 de julio de 2018. Si se efectúa domiciliación bancaria del pago, el plazo de confirmación finaliza el 27 de junio de 2018. Para su presentación presencial en entidades colaboradoras, Comunidades Autónomas y oficinas de la AEAT habrá que esperar al 10 de mayo de 2018.
  • App de la Renta. Otra novedad, ya conocida por todo el mundo, es el lanzamiento de la App de la Renta, disponible para descarga para iPhone y Android y cuyas prestaciones adelantábamos en un post anterior. Se ofrece la posibilidad de acceder a través de la aplicación a sus datos fiscales y al resumen del borrador de declaración utilizando el sistema Cl@ve PIN o el número de referencia. También podrán confirmar y presentar el borrador de declaración siempre que no tengan que modificar o incluir algún dato adicional. Presentación de las declaraciones del IRPF 2017.
  • Si el usuario confirma el borrador de declaración a través de esta app, el pago del importe de la deuda tributaria resultante deberá realizarse necesariamente en dos plazos y mediante domiciliación bancaria de ambos.
  • Digitalización de gestiones básicas. Este año se suprime el envío de borradores por correo postal. Hacienda alega que el pasado ejercicio solo se confirmaron 727 de estos documentos-, aunque se mantiene el envío postal de datos fiscales.
  • En cuanto a los sistemas de identificación para la obtención de los datos fiscales, al igual que en años anteriores, seguirán siendo el certificado electrónico, la cl@ve pin y el número de referencia (Reno), aunque este último dejará de enviarse por SMS para ser accesible sólo en el ordenador o en la app.
  • A través de Renta Web el contribuyente puede este año solicitar la rectificación de autoliquidación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.Cuando el contribuyente haya cometido errores u omisiones que determinen una mayor devolución a su favor o un menor ingreso.

Así mismo, para esta campaña, recomendamos revisar bien las novedades incluidas en otras materias intrínsecas a la declaración. Para una información exhaustiva, nos gustaría remitirte al Manual mencionado de referencia de la Agencia Tributaria. Destacamos las principales novedades que hay que conocer:

  • Se produce para esta campaña, la integración y compensación de rentas en la base imponible general y del ahorro
  • Se modifica el Reglamento del IRPF en relación con el mínimo familiar por descendientes y se extiende a quienes tengan atribuida por resolución judicial su guarda y custodia.
  • La formación para capacitación queda excluida de rendimientos del trabajo.
  • En el apartado de ganancias o pérdidas patrimoniales se unifica el tratamiento, antes dispar, de los derechos de suscripción.
  • Se eleva, en el apartado de deducciones empresariales, el importe de las deducciones por inversiones cinematográficas y audiovisuales.

Un año más nos enfrentamos a la Renta. Cada vez tenemos más información, más detalle y ayudas sobre todo en cuanto a herramientas digitales, con las que por lo menos todo es un poco más fácil.

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