La Campaña de la Renta está a la vuelta de la esquina. De una manera rápida e indicativa, queremos presentar algunas novedades que veremos que se aplican ya en este ejercicio.
Para conocer con exactitud todas las nuevas implicaciones recomendamos la lectura y descarga del Manual Práctico de la Renta 2017 que edita la Agencia Tributaria para ayuda e información del contribuyente.
En cuanto a las novedades más destacadas, se dan modificaciones notorias en cuestiones del procedimiento de presentación, información y cobro o pago. Destacamos a continuación:
- Calendario actualizado. La primera novedad es el plazo de presentación, que va desde el desde el 4 de abril hasta el día 2 de julio de 2018. Si se efectúa domiciliación bancaria del pago, el plazo de confirmación finaliza el 27 de junio de 2018. Para su presentación presencial en entidades colaboradoras, Comunidades Autónomas y oficinas de la AEAT habrá que esperar al 10 de mayo de 2018.
- App de la Renta. Otra novedad, ya conocida por todo el mundo, es el lanzamiento de la App de la Renta, disponible para descarga para iPhone y Android y cuyas prestaciones adelantábamos en un post anterior. Se ofrece la posibilidad de acceder a través de la aplicación a sus datos fiscales y al resumen del borrador de declaración utilizando el sistema Cl@ve PIN o el número de referencia. También podrán confirmar y presentar el borrador de declaración siempre que no tengan que modificar o incluir algún dato adicional. Presentación de las declaraciones del IRPF 2017.
- Si el usuario confirma el borrador de declaración a través de esta app, el pago del importe de la deuda tributaria resultante deberá realizarse necesariamente en dos plazos y mediante domiciliación bancaria de ambos.
- Digitalización de gestiones básicas. Este año se suprime el envío de borradores por correo postal. Hacienda alega que el pasado ejercicio solo se confirmaron 727 de estos documentos-, aunque se mantiene el envío postal de datos fiscales.
- En cuanto a los sistemas de identificación para la obtención de los datos fiscales, al igual que en años anteriores, seguirán siendo el certificado electrónico, la cl@ve pin y el número de referencia (Reno), aunque este último dejará de enviarse por SMS para ser accesible sólo en el ordenador o en la app.
- A través de Renta Web el contribuyente puede este año solicitar la rectificación de autoliquidación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.Cuando el contribuyente haya cometido errores u omisiones que determinen una mayor devolución a su favor o un menor ingreso.
- Para obtener el número de referencia, el interesado deberá comunicar la fecha de caducidad de su Documento Nacional de Identidad (DNI).
Así mismo, para esta campaña, recomendamos revisar bien las novedades incluidas en otras materias intrínsecas a la declaración. Para una información exhaustiva, nos gustaría remitirte al Manual mencionado de referencia de la Agencia Tributaria. Destacamos las principales novedades que hay que conocer:
- Se produce para esta campaña, la integración y compensación de rentas en la base imponible general y del ahorro
- Se modifica el Reglamento del IRPF en relación con el mínimo familiar por descendientes y se extiende a quienes tengan atribuida por resolución judicial su guarda y custodia.
- La formación para capacitación queda excluida de rendimientos del trabajo.
- En el apartado de ganancias o pérdidas patrimoniales se unifica el tratamiento, antes dispar, de los derechos de suscripción.
- Se eleva, en el apartado de deducciones empresariales, el importe de las deducciones por inversiones cinematográficas y audiovisuales.
Un año más nos enfrentamos a la Renta. Cada vez tenemos más información, más detalle y ayudas sobre todo en cuanto a herramientas digitales, con las que por lo menos todo es un poco más fácil.
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