Con el inicio de 2019 han echado a andar ciertas medidas aprobadas en julio de 2018 y que tendrán su repercusión en la próxima campaña de la Renta. No obstante, estas medidas crean, en ocasiones, cierta confusión entre los contribuyentes, debido a su novedad, regulación o requisitos.
Una de las medidas que explicamos con anterioridad que ya aplica a la Declaración de la Renta 2018-2019 es la deducción por maternidad. A esta se le une otra más ampliada, conocida como el “cheque guardería” que permite deducir hasta 1.000 adicionales por gastos de escolarización correspondientes a niños de hasta tres años de edad.
Esta medida, cuyas beneficiarias son las madres trabajadoras, pretende facilitar su reincorporación al mercado laboral tras el embarazo y la maternidad. Por otro lado, también busca la conciliación personal y profesional.
Por tanto, y como resumen que a continuación extenderemos para evitar dudas, el cheque guardería se trata de una nueva ayuda de hasta 1.000 euros que podrán cobrar madres trabajadoras con hijos menores de tres años. Para ello, indicado en el propio nombre popular de la medida, los hijos deben estar matriculados en guarderías o centros infantiles autorizados y homologados.
Cumplimentación del Modelo 233 para el cheque guardería
Aunque las beneficiarias de esta medida sean las madres trabajadoras, están exentas de realizar ninguna operación burocrática para solicitar el cheque guardería. Para poder disfrutarlo, son los centros de educación infantil los encargados de presentar, antes del 15 de febrero, vía cumplimentación del Modelo 233: Declaración informativa por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados, la información de sus alumnos.
En cuanto a los datos que deben presentar los centros, estos incluyen:
- La identificación de las madres (NIF, nombre y apellidos) o de aquella persona de custodia en exclusiva del niño.
- También la identificación del otro progenitor.
- La identificación del menor de tres años (nombre, apellidos, fecha de nacimiento y NIF si tiene).
- La cuantificación de meses completos en la guardería.
- Indicar, en caso de que los hubiera, los gastos anuales pagados por parte de empresa o subvencionados.
La fecha máxima que disponen de los centros y guarderías para remitir esta documentación es hasta el 15 de febrero de 2019. Es importante destacar que este 2019 se trata de una excepción puesto que, en futuros años, el plazo normal de presentación de este Modelo 233 finalizará el 31 de enero.
Requisitos para cobrar el cheque guardería
Estos son los requisitos para poder ser beneficiaria de esta deducción:
- Tener escolarizado a tu hijo (o hijos en caso de tener varios) en una guardería o centro de educación infantil autorizado y homologado en el que realizas un pago por el servicio de forma periódica.
- No haber recibido otra subvención para cubrir estos gastos. No importa la forma en la que efectúes el pago por los servicios al centro o guardería, aunque si lo paga tu empresa o si has recibido algún tipo de ayuda para cubrir los gastos, no tendrás derecho a este cheque guardería (o, al menos, no de forma íntegra).
- Cuando hablamos de “gastos por el servicio” se incluye: matrícula, inscripción, asistencia general y ampliada y el servicio por alimentación. También se habla del pago por meses completos.
¿Cobraré 1.000 euros por este cheque guardería?
De forma generalizada, se habla de 1.000 euros aunque es la cuantía máxima. Es decir, no se cobrará en ningún caso más de 1.000 euros. Por el contrario, en algunos casos sí que puede recibir menos de esa cantidad de dinero.
Para calcular la cuantía exacta de cada caso se tendrán en cuenta tres variables:
- El número de meses que el niño ha estado en ese centro escolar o guardería.
- El total del gasto.
- Las cotizaciones y cuotas aportadas a la Seguridad Social por parte de la madre del niño.
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