El pasado 4 de abril comenzó la campaña de la declaración de la renta de la que ya te hemos contado las principales novedades, entre ellas el lanzamiento de la nueva app para conocer los datos fiscales y solicitar el nº de referencia para gestionar la declaración.
Desde 2008 la declaración de la renta se basa en el borrador, que es una estimación del ejercicio fiscal del ciudadano realizada por la Agencia Tributaria fundamentada en los datos que tiene del contribuyente. Para su diseño, la Agencia realiza el tratamiento de datos del contribuyente, provenientes de empresas, bancos, organismos e instituciones.
Las fuentes informativas fundamentales son de tres tipos:
- Declaraciones Informativas. Se trata de una compleja recopilación de modelos que muestran las imputaciones (datos fiscales) del ciudadano, fruto, por ejemplo, de su nómina, planes de pensiones, deducciones autonómicas, activos financieros, donaciones, etc.
- Intercambios de información económica del contribuyente que se obtienen de organismos de la Administración Central: Catastro, Seguridad Social, Banco de España, la Base Nacional de Datos Nacional de Subvenciones, etc.
- Intercambios de información personal y familiar del contribuyente que se obtienen de organismos de la Administración: Comunidades Autónomas, Haciendas Forales, otros países, etc.
Por otro lado, también se comparan las anteriores declaraciones del contribuyente.
El borrador puede contener ausencias informativas, datos que no estén incluidos (por ejemplo, el nacimiento de hijos en el ejercicio fiscal) por no haber sido puestos en conocimiento de la Agencia Tributaria.
Calendario principal de presentación del borrador de la renta 2017
Para la Declaración del Ejercicio Fiscal 2017 debemos conocer las diferentes fechas claves del calendario:
- Desde el pasado 4 de abril y hasta el 27 de junio, será posible solicitar nuestro borrador de la renta para presentar nuestra declaración.
- Además, desde el 3 de abril se puede solicitar la opción “Le llamamos” y desde el 8 de mayo solicitar cita para acudir de forma presencial, hasta el 29 de junio de 2018.
- En el calendario de este año se puede presentar la declaración de la renta desde el 10 de mayo en cualquier oficina de la Agencia Tributaria y si el resultado es a ingresar y se desea el cobro por domiciliación en cuenta, hasta el 27 de junio.
¿Cómo solicitar el borrador de la renta?
Son varias las vías de solicitud de nuestro borrador:
- A través de Internet:
- En la página web de la Agencia Tributaria, con certificado electrónico o DNIe, con Cl@ve PIN o con el número de referencia.
- En el programa Renta Web, para consultar el borrador, será necesario reseñar el dato de la casilla 450 de la declaración de la renta del ejercicio pasado.
- Por teléfono: en el número 901 121 224 (automático, las 24 horas del día). El teléfono 901 200 345 (Renta Asistencia, de lunes a viernes, de 9 a 21 horas, y accesible también desde el 91 535 68 13) permite también recibir ayuda para modificar y confirmar el borrador.
- De forma personal, en las delegaciones de la Agencia Tributaria.
- Por correo ordinario, si se confirmó el borrador de 2016, no se ha accedido a Renta WEB y no se ha presentado la declaración de IRPF 2017.
- En el programa 'Renta Web', para consultar el borrador, será necesario reseñar el dato de la casilla 450 de la declaración de la renta del ejercicio pasado.
¿Dónde modifico el borrador de la renta?
Ante todo debemos decir que es necesario tomarse tiempo para una exhaustiva revisión de la propuesta de borrador. Una vez revisado, si deseamos modificarlo, debemos acceder nuevamente a Renta WEB. Para entrar en el servicio son necesarios los mismos datos que se introdujeron al diseñar el borrador inicial
En este servicio de la Agencia, es posible no sólo realizar cambios sino también presentar una declaración complementaria.
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