null Renta 2019: ¿Hay deducciones para los autónomos?

Los autónomos y emprendedores también cuentan con una serie de deducciones que les ayudan a sobrellevar su, ya de por sí, sufrida declaración de la renta. Al margen de las diferencias con los demás asalariados, en la campaña de la Renta 2019 estas son las principales deducciones que debes conocer si eres autónomo.

Lo primero que debes saber es que para que un gasto sea deducible en caso de ser autónomo debe estar relacionado con la actividad económica de este, estar justificado mediante una factura y reflejarse en el libro de gastos. Algunos de los gastos deducibles más comunes son:

  • Consumos de explotación. Estos se refieren a la compra de materias prima, compras de mercaderías, combustibles, embalajes, material de oficina… La fórmula para calcular el consumo de explotación es la siguiente: Existencias iniciales + compras – existencias finales.
  • Salarios. El dinero que se destina a pagar los sueldos de los trabajadores, así como las pagas extraordinarias, las dietas o las retribuciones en especie son gastos deducibles para los autónomos.
  • Seguridad Social. La cuota de autónomos de la Seguridad Social, así como las cotizaciones realizadas por trabajadores y autónomos son deducibles.
  • Gastos de suministros. Los suministros de agua, electricidad, gas, teléfono o internet son gastos deducibles desde 2018 en un 30%, exclusivamente en los gastos sujetos a la actividad laboral.
  • Cuotas del seguro por enfermedad del autónomo, su cónyuge o hijos menores de 25 años que convivan en el domicilio familiar con un límite de 500 euros anuales por persona, o 1.500 euros en caso de minusvalía.
  • Contratación de profesionales. Los gastos de asesoría, gestoría o servicios de terceros como abogados o notarios son deducibles para los autónomos.
  • Reparaciones, conservación y mantenimiento de bienes materiales.
  • Arrendamiento del local u oficina donde se ejerce la actividad profesional.
  • Dietas. Aquellos autónomos que coman fuera de casa mientras trabajan podrán deducir los gastos de manutención, hasta 26,67 euros diarios en territorio nacional y 48,08 euros en el extranjero, siempre y cuando se cumplan con una serie de requisitos.
  • Otros gastos, como la publicidad, servicios bancarios, primas de seguros, gastos en investigación y desarrollo, libros, cursos, revistas…

 Algunos de los gastos deducibles más comunes, como son el alquiler de un local o vivienda, el uso del coche y los gastos que conlleva, o la telefonía tienden a generar dudas, puesto que es necesario justificar su uso laboral y distinguirlo del personal, lo que infoautonomos denomina justificar la afectación a la actividad. Además, debes tener en cuenta que, dependiendo de la actividad económica que ejerzas, los gastos deducibles pueden variar.

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