El Consejo de Ministros aprobó el pasado día 7 un decreto ley que para implementar la normativa europea para recibir tratamiento fuera del país de origen cuando éste ha sido el objeto del desplazamiento. Forma parte de un esfuerzo europeo para armonizar el mercado sanitario y el papel de las seguridades sociales públicas en él. Varios aspectos de la normativa, como la cartera básica de los servicios sanitarios, ya están en vigor en nuestro país.
Lo más llamativo del decreto es la implantación de la obligación de abonar por adelantado el importe de la atención a recibir y la necesidad de requerir autorización si el procedimiento implica hospitalización de al menos una noche o el uso de tecnología avanzada. Resulta difícil entender la lógica de estos dos puntos: si el sistema ha dado la autorización, es decir, se ha comprometido a abonar el importe del tratamiento, ¿por qué ha de abonar el importe el ciudadano cuando se trata de un viaje planificado? ¿Acaso la razón de ser de un seguro no es precisamente no tener que hacer frente a grandes costes imprevistos? Aunque uno se desplace a recibir tratamiento, no lo hace por capricho, sino por necesidad.
Este elemento actúa de modo desincentivador a la hora de buscar la mejor asistencia sanitaria posible en el espacio europeo, justo lo contrario a la meta de la normativa. Crea, además, incertidumbre, ya que el reembolso se hará según el coste de ese servicio en España, lo que no tiene por qué ajustarse a las tarifas de la sanidad del país donde se ha recibido y donde se ha de abonar la factura.
Este procedimiento, más centrado en la conveniencia del sistema que en la del asegurado, contrasta con la comodidad del sistema ya existente en la red privada: si el plan contratado cubre la intervención, el paciente no ha de preocuparse por el pago y la prioridad es recibir la atención lo antes posible. Inmediatamente, surge la pregunta sobre por qué crear mecanismos complicados de cooperación entre sanidades públicas, de por sí saturadas por el peso de las intervenciones más urgentes del día a día, cuando ya existe una red de sanidad privada bien organizada, eficiente y abierta a la cooperación con la pública.
Vía | Acta Sanitaria
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