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¿En qué consiste un contrato de relevo?

Si se aproxima tu edad de jubilación puedes acogerte a una fórmula que implique la reducción de tu jornada para la entrada en la empresa de un tercero que realice parte de tus responsabilidades. Esta figura se conoce como contrato de relevo y debe ser una persona que provenga de una situación de desempleo.

La jubilación parcial no tiene por qué estar unida a un contrato de relevo, pero sí al revés. Por lo tanto, se trata de combinar un trabajo temporal para un desempleado con la paulatina jubilación de un trabajador. ¡A continuación te contamos todos los detalles!

¿En qué consiste un contrato de relevo?

La normativa indica que una persona que acceda a la jubilación parcial puede reducir su jornada y salario entre un 25 por 100 como mínimo, hasta un máximo del 85 por 100. El objetivo del contrato de relevo es, por tanto, ocupar el espacio dejado por esta persona que accede a la jubilación parcial. La jornada del trabajador con contrato de relevo puede realizarse a jornada completa o a tiempo parcial.

Un trabajador que tenga concertado con la empresa un contrato de duración determinada, también puede ocupar un puesto con contrato de relevo aunque no provenga de una situación de desempleo.

La duración del contrato de relevo puede alargarse hasta que la persona que ha optado por la jubilación parcial llegue finalmente a la edad de jubilación.

Indemnización por contrato de relevo

Cuando la persona que se había acogido a la jubilación parcial finalmente se jubila, finaliza el contrato para el relevista. Determinado por la sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Rec 135/2009 de 11 de Marzo de 2010; el contrato de relevo no está excluido de indemnización por finalización del contrato. Por lo tanto, como en el supuesto de la finalización de un contrato temporal, el relevista tendrá derecho a recibir una indemnización de cuantía equivalente a la parte proporcional de la cantidad que resultaría de abonar doce días de salario por cada año de servicio.

Para obtener información detallada sobre las características y normativa vigente de un contrato de relevo, puedes acceder a la página que para este uso tiene habilitado el Ministerio de Empleo y Seguridad Social siguiendo este enlace.

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