null Renta 2015: Deducciones para no pagar de más

Adentrarse en el laberinto de Hacienda a la hora de hacer la Declaración de la Renta de 2015 no es un camino agradable. Sobre todo, si no se cuenta con la guía adecuada. En este post, se ofrecen los conceptos básicos que podrá alegar para que le apliquen las deducciones correspondientes. En la declaración sale beneficiado no quien ahorra más, sino quien conoce el camino de las deducciones fiscales.

Deducciones en la Declaración de la Renta de 2015

- Casilla 614: deducción por vivienda habitual. Los productos hipotecarios, las grandes estrellas de la deducción fiscal, siguen ocupando el primer puesto de las deducciones, si la vivienda fue comprada antes de 2013 y tiene hasta 9.040 euros como límite de amortización anual.

- Casilla 630: deducción por alquiler. Los inquilinos que hubieron firmado su contrato antes del 1 de enero de 2015 y cuya base imponible no supere los 24.107 euros podrán beneficiarse de esta deducción del 10,5 % del importe total satisfecho de su alquiler.

- Casilla 627: deducción por empresas de reciente creación. Se aplicará una deducción máxima de 10.000 euros o, lo que es lo mismo, el 20 % del capital aportado para la creación de la empresa o sociedad.

-Casilla 636: deducción por donativos. Si se ha donado a ciertas entidades recogidas en la ley 49/2002 (universidades, algunos museos, centros deportivos, la Cruz Roja, la ONCE, etc...), podrá deducirse el 50 % para cantidades menores de 150 euros (un 27,5 % al pasar de esa cantidad). Para entidades como ONG no cubiertas por esa ley, la deducción será del 10 %. Y un 20 % para cantidades destinadas a partidos políticos.

-Casilla 548: deducciones por conceptos familiares. Si se tienen una familia numerosa, maternidad o personas a cargo con discapacidad, algunas Comunidades Autónomas, además, tienen deducciones relativas a circunstancias familiares particulares, como el nacimiento.

-Casilla 669: deducción por determinado tipo de actividades económicas. Actividades económicas de investigación y desarrollo, las destinadas a la creación de empleo (un plus, si se incluyen para discapacitados) y ciertas actividades de interés público también deducen.

Reducciones en la cuota

- Casilla 400: planes de pensiones. Generan derecho no a una deducción, sino a una reducción de la base imponible.

- Casilla 419: pensiones compensatorias de divorcio. Si se pasa una pensión de alimentos o compensatoria periódica al cónyuge, tras una sentencia judicial, hay derecho a reducirse la base imponible.

- Casilla 408: aportaciones para personas con discapacidad. Si se aporta cierta cantidad a un plan de pensiones a un familiar con discapacidad, también hay derecho a la reducción de la base imponible.

Otras deducciones autonómicas

Hay que consultar con un experto las especificidades en las deducciones que practica cada Comunidad Autónoma en las categorías de familia numerosa, adopción, acogimiento, discapacidad, edades superiores a los 65 y 75 años, etc

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