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Cómo se presenta la declaración de la renta en el presente ejercicio

El 6 de abril arrancó la campaña de declaración de la renta con las modificaciones introducidas por la última reforma fiscal. Básicamente, el titular de las novedades de la declaración de la renta de este ejercicio lo marca la rebaja de tramos, de siete a cinco, y de tipos impositivos. Respecto a estos, el mínimo ha bajado al 19,5%, lo que supone cinco puntos de reducción, y el máximo ha caído siete, cayendo al 45 %.

Con este escenario general, veamos los detalles novedosos que nos ofrece esta recién estrenada campaña.

Rentas exentas de declarar

Lo más llamativo es la ampliación del espectro de no declarantes, Los contribuyentes están obligados a presentar la declaración de la Renta cuando sus rendimientos íntegros del trabajo procedan de un solo pagador y superen los 22.000 euros anuales.

Si por el contrario percibiera rentas de más de un pagador, el límite seguirá siendo de 22.000 euros, siempre y cuando el importe de las rentas percibidas por el segundo y restantes pagadores no superara los 1.500 euros anuales. En caso de exceder esa cifra, el límite a partir del cual sería obligatorio presentar la declaración de Renta se reduce a 12.000 euros anuales.

Los rendimientos del ahorro

Los tipos aplicados a aquellas operaciones por las cuales se consolidan unos rendimientos económicos han visto sufrido cierta merma, con el siguiente escalonamiento:

  • Los primeros 6.000 euros, al 19,5%
  • Entre 6.000 y 50.000, un 21,5%
  • Por encima, el 23,5%

Los rendimientos del trabajo

La principal novedad es la supresión de la reducción general de 2.652 euros que se les aplicaba, compensada con un nuevo gasto deducible de 2.000 euros en concepto de “otros gastos”. Esta cuantía es susceptible de un incremento de otros 2.000 euros durante dos ejercicios consecutivos para desempleados incorporados a un empleo que acarree cambio de residencia.

En cuanto a las desgravaciones a las que se acogen trabajadores discapacitados en activo, se ven aumentadas en 254 y 504 euros, para grados de discapacidad iguales o superiores al 33 y del 65% respectivamente.

Finalmente, desaparece la reducción fiscal para trabajadores mayores de 65 años pero persiste la rebaja de 3.700 euros asociada a rentas del trabajo iguales o inferiores a 11.250 euros.

Planes de pensiones

El límite que puede aportarse, que estaba en 10.000 euros, queda en 8.000 euros, suprimiendo el factor edad del contribuyente y condicionado a rebasar el 30% de los rendimientos del trabajo y actividades económicas. En cuanto al cónyuge del contribuyente, si sus ingresos derivados de dichos conceptos no llegan a 8.000 euros, el límite de sus aportaciones se eleva a 2.500.

En lo que respecta a los rescates en forma de capital, la reducción del 40% ha quedado eliminada.

Venta de inmuebles

Se han descartado los coeficientes de actualización según los cuales se utilizaba el impacto de la inflación para ponderar la plusvalía generada por una venta. Con ello, también ha desaparecido el efecto de reducción de ganancias que a efectos tributarios hacía que el importe por el que tributaban fuese 29.280 euros.

Vivienda y alquiler

La deducción por compra de vivienda habitual para adquisiciones anteriores a enero de 2013 sigue siendo uno de los beneficios más relevantes del sistema tributario. De facto, siempre que se haya deducido por dicha vivienda en 2012 o años anteriores, es posible seguir haciéndolo hasta un 15% con un tope de 9.040 euros.

En cuanto a los alquileres, los inquilinos con contratos firmados antes del 1 de enero de 2015 cuya base imponible no alcance 24.107,20 euros siguen deduciéndose un 10,05 %. Y en el caso del arrendador, desaparece el factor edad del inquilino para computar la rebaja fiscal.

Por su parte, los mayores de 65 años van a disfrutar de la exención fiscal de los beneficios obtenidos al vender bienes de su patrimonio si se acogen dentro de seis meses a la cláusula de canalizar aquellos hacia una renta vitalicia asegurada, cuyo límite se fija en 240.000 euros.

Deducciones por donativos e impuestos negativos

Los primeros 150 euros donados a ONGs, fundaciones o entidades sin ánimo de lucro son susceptibles de un 50% de desgravación. Aparecen nuevas medidas de protección para las familias bajo la forma de deducciones en la cuota diferencial, de las que pueden beneficiarse trabajadores, jubilados, desempleados o autónomos con familia numerosa o personas discapacitadas a su cargo. Estas ayudas se cifran en 1.200 euros, doblándose la cuantía para familias numerosas especiales.

Por su parte, son suprimidas:

  • Deducciones derivadas de inversiones medioambientales y la del 1% de los gastos destinados a formar a los empleados en tecnologías de la información y las comunicaciones
  • La deducción relacionada con depósitos bancarios o cuentas destinadas a la constitución de una sociedad

Como conclusión podemos dejar trazadas las principales novedades de esta campaña de declaración de la renta:

  • Ampliación del espectro de no declarantes
  • Nuevas medidas de protección fiscal para las familias
  • Eliminación de coeficientes de actualización de venta de inmuebles según la inflación
  • Exención fiscal condicionada para mayores de 65 años por venta de bienes de su patrimonio
  • Supresión de la reducción del 40% que se aplicaba al recuperar el capital de planes de pensiones
  • Supresión de determinadas deducciones
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